Un jurado popular declaró no culpables a los agentes acusados de allanamiento de morada en Madrid. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) revisará el recurso contra la sentencia que absolvió a los agentes de la ‘patada en la puerta’ después de que un jurado popular los declarara no culpables de un delito de allanamiento de morada. La acusación particular, a cargo del abogado Juango Ospina de Ospina Abogados, anunció que llevaría el caso al Tribunal Superior de Madrid.
En la sentencia, el tribunal criticó la actitud de los jóvenes que provocaron el incidente en el piso donde ocurrió la intervención policial durante la pandemia. El juicio comenzó con seis agentes acusados y terminó con solo dos policías en el banquillo, ya que el abogado Ospina retiró la imputación tras exhibir grabaciones de las cámaras de seguridad del incidente en el piso de la calle Lagasca el 21 de marzo de 2021. El tribunal del jurado declaró no culpables por unanimidad a los policías.
Los agentes defendieron que su actuación cumplió con la legalidad debido a la desobediencia grave de los asistentes a la fiesta en el piso. La acusación particular argumentó que solo hubo una infracción administrativa por incumplimiento de las normativas Covid. La Audiencia Provincial de Madrid archivó el caso contra los asistentes y ordenó investigar a los agentes por un posible exceso en el ejercicio de la autoridad.
INVIOLABILIDAD DE DOMICILIO
Tras el veredicto, Ospina anunció que llevaría la absolución al TSJM, aunque reconoció la complejidad del recurso debido a los aspectos jurídicos específicos. El abogado recordó que cinco resoluciones judiciales confirmaron que no hubo un delito previo en la vivienda que justificara la entrada con un ariete.