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  1. “No puede ser considerada información pública”
  2. Reclamación ante el Consejo de Transparencia
  3. En 2020 entendió que quedaba fuera
  4. Reprocha a Presidencia la “incongruencia omisiva”
  5. Debe responder o derivarlo
  6. Viajes a Sanxenxo, Madrid, Vitoria…
  7. Resoluciones incumplidas


El rey Juan Carlos saluda a su salida en coche de casa de Pedro Campos hacia el aeropuerto de Vigo (Foto: Elena Fernández / Europa Press).

La Secretaría General de Presidencia del Gobierno ha recibido una resolución del Consejo de Transparencia, en la que se le insta a responder a la solicitud de un particular que pidió información relacionada con los gastos de los viajes que realiza a España el rey Juan Carlos, que reside en Abu Dabi.

En la resolución, consultada por Confidencial Digital y que se puede leer íntegra pinchando aquí, se relata los avatares de esta solicitud de acceso a la información.

Una particular solicitó en septiembre a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno que el facilitara la siguiente información:

— “Los gastos desglosados que hayan podido suponer en logística, seguridad, dietas, transporte, alojamiento y otros, a cargo del erario público, los cuatro viajes que el Rey Emérito Don Juan Carlos ha realizado a España desde 2022”.

Para pedir esos datos, se amparó en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

“No puede ser considerada información pública”

La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, cuya responsable es Judit Alexandra González Pedraz, contestó en pocos días a la solicitud. Comunicó a la solicitante que había decidido inadmitir a trámite la petición presentada.

“El artículo 2.1 f) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, incluye en su ámbito de aplicación a la Casa de Su Majestad el Rey en relación con sus actividades sujetas a Derecho Administrativo”, argumentó.

Continuó explicando que “ello implica que el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, tal y como está regulado en la citada norma, se circunscribe a información referente a la Casa de su Majestad el Rey en materia de personal, administración y gestión patrimonial, términos utilizados en el artículo 1.3 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para sujetar a dicha jurisdicción determinados actos del Congreso, Senado, Tribunal Constitucional, Tribunal de Cuentas o Defensor del Pueblo, órganos a los que la Casa de S.M. el Rey se equipara a efectos de la Ley de Transparencia”.

La conclusión de Presidencia del Gobierno fue que “en consecuencia, la solicitud presentada no se encuentra en su ámbito de aplicación y, por tanto, no puede ser considerada información pública al amparo de esta norma, en tanto que no versa sobre una actuación sujeta a derecho administrativo de la Casa de S.M el Rey”.

Añadió que “la información institucional, organizativa y de planificación, la información de relevancia jurídica, y la información económica, presupuestaria y estadística, relativa a la Casa de S. M. el Rey, es objeto de publicidad a través de su página web”.

Reclamación ante el Consejo de Transparencia

La solicitante no quedó satisfecha con esa respuesta.

Una reclamación fue presentada ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, cuyo objetivo es supervisar la aplicación de la Ley de Transparencia por parte de las administraciones públicas.

En dicha reclamación se argumentó que «los viajes del Rey Emérito, si son financiados total o parcialmente con dinero público (seguridad, transporte, personal), deberían ser accesibles al escrutinio público».

Por otro lado, la Secretaría General de Presidencia del Gobierno mantuvo su postura e insistió, en sus alegatos ante el Consejo de Transparencia, en que «la información solicitada no puede considerarse como información pública en virtud de esta normativa, ya que no se refiere a una actuación sujeta al derecho administrativo de la Casa de S.M el Rey».

En 2020 entendió que quedaba fuera

Al responder a la reclamación, el Consejo de Transparencia recordó que en una resolución del año 2020 ya se había pronunciado sobre los gastos de viaje y estancias del rey emérito.

En esa ocasión concluyó que «aplicando la doctrina previa, respaldada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo al caso presente, entendemos que la información solicitada -gastos de viaje y estancia del Rey emérito- queda fuera de las actividades en materia de personal, administración y gestión patrimonial que, como hemos mencionado, enmarcarían la aplicación de la LTAIBG [Ley de Transparencia] a la Casa de Su Majestad el Rey».

Por lo tanto, «se trataría, en su caso, de actividades privadas que corresponden a un miembro de la Familia Real, pero no a la Casa de Su Majestad el Rey, que, recordemos, es el órgano sujeto al ámbito de aplicación de la LTAIBG según lo decidido por las Cortes Generales».

Reprocha a Presidencia la «incongruencia omisiva»

Sin embargo, tras recordar esa doctrina de hace cuatro años, el Consejo de Transparencia también señaló que «no obstante, no se puede ignorar que, de acuerdo con los términos de la solicitud de acceso a la información y la propia reclamación, lo que se busca conocer son los gastos a cargo del erario público generados por los viajes del Rey emérito en diferentes conceptos (seguridad, logística, dietas, etc.)».

Es decir, que «dentro del alcance de la solicitud tienen cabida tanto los gastos pagados por la Casa de Su Majestad el Rey como los abonados con cargo al presupuesto de otros organismos públicos».

Para el Consejo de Transparencia, «en cuanto a los de este segundo tipo», es decir, los financiados por otros organismos públicos, «no hay ninguna declaración en la resolución emitida por la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, ya que aborda la respuesta a la solicitud de acceso únicamente desde la perspectiva de los gastos en los que podría haber incurrido la Casa de Su Majestad el Rey -gastos que están fuera del ámbito de aplicación de la LTAIBG al no poder enmarcarse en las actividades sujetas al derecho administrativo a las que hace referencia el mencionado artículo 2.1.f) LTAIBG-, pero no desde la perspectiva del eventual gasto público que podría haberse generado a cargo de otros organismos o departamentos gubernamentales con motivo de dichos viajes».

Estos gastos, en caso de existir, «no estarían cubiertos por la excepción del mencionado artículo 2.1.f), incurriendo así en una incongruencia omisiva parcial».

Debe responder o derivarlo

Por lo tanto, Transparencia determinó que «dada esta falta de pronunciamiento sobre una parte de lo solicitado, se debe proceder a estimar la reclamación para que la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno resuelva expresamente sobre lo omitido o, en su defecto, remita la solicitud a los órganos competentes para que decidan al respecto».

Se dio un plazo de 15 días a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno para responder.

De esta manera, Presidencia ya no puede simplemente rechazar la petición sobre los gastos de los viajes del rey Juan Carlos. Tiene tres opciones: proporcionar la información solicitada, denegarla explícitamente invocando alguno de los límites contemplados en la Ley de Transparencia, o remitir la petición a otro organismo público competente.

Una última posibilidad es recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa para negarse a cumplir la resolución.

Viajes a Sanxenxo, Madrid, Vitoria…

Juan Carlos I anunció en agosto de 2020 que había decidido alejarse de España y trasladar su residencia a Abu Dabi.

Cuando en 2022 la fiscalía cerró todas las investigaciones sobre posibles irregularidades en su patrimonio, el rey emérito comunicó, en otra carta dirigida a Felipe VI, que continuaría residiendo en Abu Dabi, aunque viajaría con frecuencia a España.

En todos estos años, don Juan Carlos ha realizado algunos viajes a nuestro país.

En un estudio reciente, se encontró que el 70% de las personas prefiere beber café por la mañana para comenzar su día. El aroma y el sabor del café son los principales motivos por los que la gente elige esta bebida. Además, el café contiene cafeína, que ayuda a aumentar la energía y la concentración. Por todas estas razones, el café se ha convertido en la bebida favorita de muchas personas en todo el mundo.

Fuente (para controlar el refrito): https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/casas_reales/aviso-transparencia-moncloa-coste-visitas-rey-juan-carlos/20240707000000810689.html

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