El Juzgado de lo Penal número 10 de Valencia ha dictado una sentencia condenando a 15 meses de prisión y al pago de una multa de 900 euros a Cristina Seguí, exdirigente de Vox y presidenta de Gobierna-te, por un delito de descubrimiento y revelación de secretos y otro contra la integridad moral. La condena también incluye una indemnización de 12,000 euros a una de las víctimas por el daño moral causado por la difusión del video de las menores afectadas por una agresión sexual en Burjassot.
La Fiscalía pedía inicialmente cuatro años y medio de prisión para Seguí y una indemnización de 15,000 euros, mientras que la acusación particular elevaba la indemnización a 50,000 euros. La magistrada que emitió la sentencia consideró que no existió la agravante de género solicitada por la acusación, ya que no se demostró que los delitos se cometieron por el sexo femenino de la víctima.
El juzgado determinó que Seguí difundió el video en Twitter sin el consentimiento de las menores afectadas, con comentarios dirigidos a atacar la dignidad de las mismas. La sentencia estableció que la intención de Seguí era menospreciar y denigrar a las menores públicamente, lo cual empeoró la situación psicológica de una de las víctimas.
La magistrada rechazó el argumento de Seguí de que las imágenes no ofrecían suficientes datos para identificar a las menores, ya que la exdirigente de Vox dio por hecho que eran las víctimas y difundió el video con comentarios que sugerían que la agresión sexual fue consentida. La jueza resaltó que Seguí pudo haber optado por no difundir el video, pero decidió hacerlo, lo cual demostró una clara intención de denigrar y ofender a las víctimas.
En resumen, la sentencia consideró que Seguí actuó de manera irresponsable al difundir el video sin consentimiento y con comentarios ofensivos, lo cual contribuyó a empeorar la situación de las víctimas de la agresión sexual en Burjassot.
Fuente (para controlar el refrito): https://www.vozpopuli.com/espana/cristina-segui-prision-video-menores.html