Límites de las multas por copiar o tomar fotos del DNI: podrían alcanzar los 100.000 euros.

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El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un documento fundamental en la vida de una persona, ya que no solo sirve para confirmar la filiación de un individuo, sino que también permite llevar a cabo diversas operaciones. La Agencia Española de Protección de Datos alerta sobre la práctica común de escanear o fotocopiar el DNI en hoteles, bancos u organismos públicos, indicando que no debería ser permitido.

Según la AEPD, enseñar el DNI debería ser suficiente para cualquier trámite, sin necesidad de fotocopiarlo o escanearlo. Para verificar la identidad de una persona, bastaría con mostrarlo, y en caso de transacciones en línea, se puede hacer a través de una webcam o enviando un vídeo con el documento físico en la mano.

Aunque la mayoría de establecimientos y organismos solicitan una copia del DNI de buena fe, como medio de verificar la identidad del cliente, existe el riesgo de que los datos personales se utilicen con fines maliciosos. Por lo tanto, es importante guardar el DNI con precaución para evitar posibles estafas.

La AEPD advierte que el uso indebido del DNI puede tener consecuencias negativas para el titular de los datos, ya que estos podrían ser utilizados para cometer delitos de suplantación de identidad. Por lo tanto, se recomienda evitar fotocopiar el DNI y optar por medidas menos invasivas para verificar la identidad de una persona.

En cuanto a las multas por el mal uso de datos personales recogidos en un DNI, la AEPD establece sanciones que varían en función de la gravedad de la situación. La multa más alta impuesta en España alcanzó los 100,000 euros, debido a la práctica de un mensajero de Orange de fotografiar ambos lados del DNI para la entrega de paquetes.

Fuente (para controlar el refrito): https://www.abc.es/economia/multas-fotocopiar-fotografiar-dni-pueden-llegar-20240227140910-nt.html

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