Según los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), millones de pensionistas tienen derecho a devoluciones de IRPF por las aportaciones realizadas a las antiguas mutualidades que no pudieron reducirse de la base imponible con la normativa tributaria vigente en su momento. Sin embargo, advierten de que existe un «distinto trato fiscal de las aportaciones a mutualidades laborales y sustitutorias» de la Seguridad Social. En particular, los pensionistas que aportaron a alguna de las 21 mutualidades sustitutorias antes del 1 de enero de 1979 solo pueden deducirse el 25% de la parte de su pensión derivada de esas aportaciones.
Por otro lado, aquellos pensionistas que contribuyeron a mutualidades laborales pueden deducir en el IRPF el 25% de la parte de la prestación correspondiente a las cotizaciones realizadas entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. También pueden deducir hasta el 100% de la parte de la pensión correspondiente a las aportaciones realizadas antes de 1967.
A continuación se detallan las pensiones que tienen derecho a la reducción y en qué medida:
1. Las pensiones satisfechas por el INSS o el Instituto Social de la Marina.
– Cuando se realizaron aportaciones a mutualidades laborales:
- Antes del 01/01/1967: la parte de la prestación de jubilación que corresponda a las aportaciones anteriores a esa fecha se reducirá al 100%.
- Entre el 01/01/1967 y el 31/12/1978: la parte de la prestación de jubilación se reducirá en un 25%.
– Cuando se realizaron aportaciones a mutualidades sustitutorias de las entidades gestoras de la Seguridad Social antes del 01/01/1979: la parte de la prestación de jubilación se reducirá en un 25%.
2. Las pensiones complementarias.
– Las pensiones complementarias a la pensión de la Seguridad Social o Clases Pasivas: la parte de la prestación correspondiente a las aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 1995 se reducirá en un 25%.
– Las pensiones satisfechas por fondos especiales de entidades públicas: se aplica una reducción del 25% por la parte de la pensión que derive de aportaciones realizadas a mutualidades hasta el 01/07/1987.
La reducción de los ingresos en el IRPF aparece automáticamente en el borrador de la Renta con el concepto «Ajuste por Mutualidades – DT2 LIRPF» si la Agencia Tributaria dispone de esta información. Además, se ha puesto a disposición de los beneficiarios un formulario para recuperar la cantidad pagada de más en el IRPF entre los años 2019 y 2023.
Por último, los técnicos del Ministerio de Hacienda calculan que 4,8 millones de pensionistas que cotizaron hasta finales de 1978 reducirán sus ingresos en el IRPF por la parte de sus pensiones que derivan de aportaciones a mutualidades que no pudieron deducir en su momento. También recuerdan que los herederos de los mutualistas fallecidos entre 2019 y 2023 pueden solicitar la reducción presentando el modelo H100-solicitud de pagos de devolución a herederos, junto con la documentación requerida.
Las 21 mutualidades sustitutorias de las entidades gestoras de la Seguridad Social
- Asociación General de Empleados y Obreros de los Ferrocarriles de España (hasta 30/6/1967).
- Caja de Pensiones.
En la actualidad, el uso de energías renovables se ha convertido en una tendencia cada vez más popular y necesaria en la sociedad. La conciencia sobre la importancia de cuidar el medio ambiente ha llevado a que se busquen alternativas más sostenibles y limpias para la generación de energía.
Las energías renovables, como la solar, eólica, hidroeléctrica y geotérmica, son fuentes inagotables y respetuosas con el entorno, a diferencia de los combustibles fósiles que generan contaminación y contribuyen al cambio climático. Además, su uso contribuye a la creación de empleo y al desarrollo de nuevas tecnologías que impulsan la economía.
Es importante que tanto gobiernos como empresas y ciudadanos apuesten por el uso de energías renovables y se comprometan a reducir su huella ecológica. La transición hacia un modelo energético más sostenible es necesaria para garantizar un futuro sostenible para las próximas generaciones.