El Tribunal Supremo ha confirmado que los trabajadores no tienen derecho a utilizar las 35 horas de permiso retribuido para acompañar al médico a familiares de primer grado a menos que estos tengan un grado de dependencia o estén efectivamente a su cargo. La sentencia, fechada el 20 de marzo, desestimó un recurso de los sindicatos contra una decisión de la Audiencia Nacional de 2021, la cual ratifica en su totalidad.
La disputa se originó en 2021, cuando FS-CC OO presentó una demanda de conflicto colectivo en la empresa de atención telefónica Servinform para reclamar el derecho de los trabajadores a disfrutar de las 35 horas para acompañar al médico de sus padres, sin que sea necesario que estos estén a cargo del trabajador. El convenio de las empresas de atención telefónica establece que el personal tiene derecho a hasta 35 horas retribuidas al año para asistir a consultas médicas de la Seguridad Social, debiendo avisar con anticipación y presentar la justificación correspondiente.
En Servinform se acordó un plan de igualdad que ampliaba el uso de las 35 horas para el acompañamiento a consulta médica de hijos, padres y personas dependientes a cargo del trabajador. Sin embargo, la empresa no permitía el uso de las horas a menos que el familiar fuera efectivamente dependiente.
La Audiencia Nacional rechazó la demanda y ahora el Supremo ratifica la decisión. Según se explica, la intención de las partes es reconocer las horas de permiso retribuidas por el empleador cuando el trabajador necesita conciliar su vida laboral y familiar, en el marco del plan de igualdad.
La necesidad de conciliar se hace evidente cuando hay dependencia entre la persona que requiere asistencia médica y el trabajador, por lo que el requisito de dependencia se aplica a todos los familiares en primer grado del trabajador: hijos y padres que acuden al médico.
La Audiencia Nacional señaló que carece de sentido extender el permiso a familiares no dependientes, particularmente cuando no se exige ningún requisito adicional en función de la gravedad o imposibilidad de acudir a la consulta médica. Reconocer el derecho al acompañamiento al médico de los padres, sin que estén a cargo de la persona trabajadora ni sean dependientes, sería un uso abusivo del permiso retribuido por el empleador, según los magistrados.