El impuesto sobre el valor añadido (IVA) del aceite de oliva se reducirá al 0% a partir del 1 de julio y se mantendrá así hasta el 30 de septiembre, para luego aumentar al 2% entre octubre y diciembre. Esta medida también se aplicará a alimentos básicos como el pan, huevos, verduras y frutas. El Real Decreto-Ley aprobado por el Consejo de Ministros incluye estas novedades, estableciendo que el IVA del aceite de oliva pasará al 0% desde el 1 de julio y se mantendrá así hasta el 30 de septiembre, para luego situarse en el 2% entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre. Además, se incluye la modificación de la Ley del IVA para que el aceite de oliva pase a formar parte de los alimentos básicos con un tipo superreducido del 4%. También se prorroga hasta el 30 de septiembre el tipo del 5% del IVA para la pasta y los aceites de semilla, y a partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre, el tipo se situará en el 7,5%.
Por otro lado, se ha establecido una rebaja del IRPF que evitará que las personas que ganen el salario mínimo interprofesional tributen en el impuesto sobre la renta. Esta medida beneficiará a 5,2 millones de contribuyentes y supondrá un ahorro de 1.385 millones de euros. En total, las medidas fiscales incluidas en el Real Decreto-Ley significarán un ahorro de 3.000 millones de euros al año para las familias. Además, se ha anunciado una subida salarial del 2% para los empleados públicos y se han implementado medidas para colectivos vulnerables, como la extensión del escudo social y la prohibición de despedir por aumento de costes a empresas beneficiarias de ayudas públicas hasta el 31 de diciembre de este año.