La Corte Constitucional de Ecuador ha declarado como inconstitucional el más reciente estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa para hacer frente a la delincuencia organizada en cuatro provincias del país. La corte considera que esta medida no está debidamente fundamentada.
Con siete votos a favor y dos en contra, el tribunal constitucional determinó que la nueva declaración de estado de excepción no ha justificado la configuración de un «conflicto armado interno», argumento utilizado para declarar esta medida extraordinaria.
Los magistrados constitucionales también señalaron que no se ha justificado el alcance territorial y temporal de la medida, ni que los hechos mencionados no puedan ser abordados a través del sistema legal ordinario.
Esta decisión contrasta con la postura de la Corte Constitucional ante el primer estado de excepción decretado por Noboa a principios de año. En esa ocasión, el tribunal indicó que no le correspondía evaluar la existencia de un «conflicto armado interno».
Una advertencia al presidente
El nuevo estado de excepción fue emitido por Noboa el 30 de abril para varias provincias costeras y contempla la movilización de las Fuerzas Armadas para combatir la delincuencia organizada. La corte recordó a la Presidencia su deber de justificar adecuadamente estos estados de excepción.
Este nuevo estado de excepción se emitió antes de que entrara en vigor la reforma constitucional aprobada en un referéndum reciente. Esta reforma permite que los militares apoyen permanentemente a la Policía en operaciones contra el crimen organizado, sin necesidad de estado de excepción.
Noboa ha considerado la lucha contra el crimen organizado como un «conflicto armado interno», calificando a las bandas criminales como grupos terroristas. Estas bandas, dedicadas principalmente al narcotráfico, se han asociado con la ola de violencia en Ecuador.
